Cuánto se paga por mes a ARCA según las horas trabajadas, qué incluye ese monto y a quién le corresponde cada parte.
El pago mensual a ARCA (antes AFIP) por una trabajadora de casas particulares no es un porcentaje del sueldo: es una suma fija por tramo de horas semanales. Eso lo hace fácil de calcular y difícil de confundir.
Valores del período septiembre de 2026 (con vencimiento en octubre de 2026), para una trabajadora activa mayor de 18 años:
| Horas por semana | Obra social | Jubilación (SIPA) | Cuota ART | Total a pagar |
|---|---|---|---|---|
| Menos de 12 horas por semana | $2.084,85 | $729,90 | $7.754,82 | $10.569,57 |
| De 12 a menos de 16 horas | $3.863,30 | $1.459,48 | $11.304,68 | $16.627,46 |
| 16 horas o más por semana | $25.694,55 | $2.128,79 | $16.446,85 | $44.270,19 |
Los importes los actualiza ARCA cada pocos meses. Última verificación: 14 de octubre de 2026. Antes de pagar conviene confirmar el monto en el formulario 102/RT del sitio de ARCA (arca.gob.ar, sección «Trabajo en casas particulares»).
| Horas por semana | Activa mayor de 18 | De 16 a 17 años | Jubilada |
|---|---|---|---|
| Menos de 12 horas por semana | $10.569,57 | $9.839,67 | $8.484,72 |
| De 12 a menos de 16 horas | $16.627,46 | $15.167,98 | $12.764,16 |
| 16 horas o más por semana | $44.270,19 | $42.141,40 | $18.575,64 |
La trabajadora jubilada no aporta a la jubilación, y la menor de 18 años no genera contribución al SIPA: por eso el total es distinto.
El empleador es responsable de depositar el total. De ese total, la parte del aporte a la obra social se le retiene del sueldo a la trabajadora y tiene que figurar como descuento en el recibo. La contribución jubilatoria y la cuota de ART son a cargo exclusivo del empleador.
Si un mes no se paga, el alta queda igual pero se generan intereses y la trabajadora puede quedar sin cobertura de obra social. Conviene usar débito automático.
Cada empleador paga su propio tramo, según las horas que le trabaja a él. Si en total suma 16 horas o más entre varias casas pero en ninguna llega a ese tramo, la trabajadora puede unificar aportes para alcanzar la cobertura de obra social completa: se hace en el mismo registro de ARCA.
La Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Boletín Oficial del 3 de septiembre de 2026) dispuso una suma extraordinaria no remunerativa, pagada junto con el sueldo de agosto de 2026:
| Horas por semana | Suma |
|---|---|
| 16 horas o más por semana | $20.000 |
| De 12 a menos de 16 horas | $11.500 |
| Menos de 12 horas por semana | $8.000 |
El 25 % se incorporó al básico en septiembre, el 50 % en octubre y el 25 % restante en noviembre de 2026. Por eso los básicos de octubre subieron más que el 1,7 % del aumento del mes.
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