El contrato escrito no es obligatorio en el régimen de casas particulares:
la relación laboral existe desde que se empieza a trabajar, haya papel o no. Lo que sí es
obligatorio es la registración en ARCA. Pero el contrato escrito resuelve de
antemano las tres cosas que después se discuten: la categoría, el horario y el sueldo.
Modelo de contrato de trabajo
Contrato completo sobre la Ley 26.844, con categoría, horario, modalidad y período de prueba.
Descargar Word
Descargar PDF
Qué debe decir
- Datos de las dos partes: nombre, DNI, CUIL/CUIT y domicilio.
- Domicilio donde se trabaja y modalidad: con retiro o sin retiro.
- Categoría (una de las cinco) y descripción de las tareas.
- Jornada: días y horarios, con el total de horas semanales.
- Remuneración: valor hora o sueldo mensual, y forma de pago.
- Fecha de inicio y período de prueba.
- Firma de las dos partes, en dos ejemplares.
Cláusulas que no valen aunque se firmen
Los derechos de la Ley 26.844 son irrenunciables. No tienen validez:
- Pagar menos que el mínimo de la escala de la CNTCP.
- Renunciar a las vacaciones, al aguinaldo o a las licencias.
- Acordar que no se la va a registrar, o que ella «prefiere cobrar en negro».
- Descontar del sueldo roturas, pérdidas o faltantes sin acuerdo expreso y fuera de los
límites legales.
- Renunciar por anticipado a la indemnización.
- Comprometerla a no reclamar.
Firmar cualquiera de esas cláusulas no cambia nada: la diferencia se sigue debiendo.
Período de prueba
- 15 días para el personal con retiro.
- 30 días para el personal sin retiro.
Durante ese plazo cualquiera de las partes puede terminar la relación sin indemnización por
antigüedad, pero con preaviso: 5 días en el período de prueba. La registración
en ARCA y los aportes corren desde el primer día, también en la prueba.
Si cambian las condiciones
Un cambio de horario, de categoría o de sueldo conviene dejarlo por escrito, como anexo al
contrato, firmado por las dos partes, y actualizarlo en el registro de ARCA. El cambio no puede
empeorar las condiciones: eso sería una modificación unilateral y puede dar lugar a un despido
indirecto.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio firmar contrato con la empleada doméstica?
No. Lo obligatorio es registrarla en ARCA. El contrato escrito es muy recomendable pero no lo exige la ley.
¿Vale un contrato que diga que cobra menos que la escala?
No. La escala de la CNTCP es un mínimo legal: la diferencia se le sigue debiendo aunque haya firmado.
¿Cuánto dura el período de prueba?
15 días para el personal con retiro y 30 días para el personal sin retiro.
¿Hay que registrarla durante el período de prueba?
Sí. La registración y los aportes corren desde el primer día de trabajo.