Los años y la edad que pide ANSES, qué hacer con los años sin aportes y cómo se inicia el trámite.
El personal de casas particulares se jubila por el régimen general (SIPA), igual que el resto de los trabajadores en relación de dependencia. Los aportes que el empleador deposita mes a mes son los que después cuentan.
Las mujeres pueden optar por seguir trabajando hasta los 65 y seguir sumando aportes.
Es el caso más común del sector: décadas de trabajo sin registración. Las alternativas:
Si el trabajo existió pero no se registró, se puede pedir el reconocimiento de servicios ante ANSES, aportando pruebas: testigos, recibos, mensajes, constancias de pagos, declaración del empleador. Es un trámite lento pero no cuesta dinero, y el sindicato da asesoramiento legal para hacerlo.
Las mujeres con hijos pueden sumar un año de aportes por cada hijo (dos si es adoptado, y más si cobró AUH o si el hijo tiene discapacidad). Es un reconocimiento que no se paga: se solicita en ANSES y suele resolver la diferencia de años que falta.
La moratoria que permitía comprar años de aportes venció en marzo de 2025 y no fue prorrogada. Hoy no hay un plan general de regularización abierto. Si vuelve a habilitarse, se anuncia por ley o decreto; mientras tanto, conviene avanzar con el reconocimiento de servicios y el reconocimiento por hijos.
Existe la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM): se puede solicitar a los 65 años, sin necesidad de acreditar aportes, y equivale al 80 % de la jubilación mínima. Incluye obra social (PAMI) y asignaciones.
Puede seguir trabajando en casas particulares cobrando la jubilación. En ese caso el empleador paga un tramo de aportes distinto, más bajo, porque ya no corresponde el aporte jubilatorio: $8.484,72 (menos de 12 horas por semana) / $12.764,16 (de 12 a menos de 16 horas) / $18.575,64 (16 horas o más por semana) según las horas semanales.
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