Emplear personal de casas particulares es más simple de lo que parece, pero tiene pasos que
no se pueden saltear. Esta guía los ordena en el tiempo.
1. Antes del primer día
- Definir la categoría según las tareas reales. Si además de limpiar va a
cuidar a un chico o a una persona mayor, la categoría es «asistencia y cuidado de personas»,
no «tareas generales».
- Acordar el horario y verificar que no supere 8 horas por día ni 48 por
semana.
- Controlar el sueldo contra la escala vigente. En octubre de 2026, tareas generales
con retiro no puede estar por debajo de $4.064,08 la hora.
- Pedir el CUIL y sacar la clave fiscal nivel 2, si no se tiene.
- Firmar el contrato, en dos ejemplares.
2. El alta en ARCA
Se hace online, en el servicio «Trabajo en Casas Particulares» del sitio de ARCA. Hay que
cargar CUIL, fecha de inicio, domicilio de trabajo, categoría, horas semanales, modalidad y
obra social. El sistema emite la constancia: conviene darle una copia a la trabajadora.
El alta puede hacerse el mismo día en que empieza. Dejarla para después genera aportes
retroactivos.
3. Todos los meses
- Pagar el sueldo en la fecha acordada, nunca después del cuarto día hábil
del mes siguiente.
- Entregar el recibo por duplicado y guardar el firmado.
- Generar y pagar el volante 102/RT en ARCA. Débito automático evita olvidos.
- Anotar los horarios en la planilla, si se usa.
4. Dos veces al año
- Aguinaldo: hasta el 30 de junio y hasta el 18 de diciembre, medio sueldo
cada vez.
- Revisar la escala cada vez que sale una resolución nueva. El aumento es
automático: no hace falta que ella lo pida.
5. Una vez al año
- Vacaciones: entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo, avisando por escrito
con 20 días de anticipación, y pagándolas antes de que empiecen.
- Revisar la categoría y las horas registradas, por si cambiaron en los
hechos.
6. Cuando pasan cosas
7. Si la relación termina
- Si renuncia: recibir el telegrama, pagar los días trabajados, el aguinaldo
proporcional y las vacaciones no gozadas.
- Si se la despide sin causa: además corresponde la indemnización por
antigüedad (un sueldo por año o fracción mayor a 3 meses), el preaviso (10, 30 o 60 días según
la antigüedad) y la integración del mes.
- Siempre: entregar la certificación de servicios y
remuneraciones y la constancia de cese, y dar la baja en ARCA.
Todo eso se documenta con la liquidación final firmada, que está entre los modelos
descargables de este sitio.
Los cinco errores más caros
- No registrarla. El ahorro mensual es chico; el riesgo, enorme.
- Registrar menos horas de las reales. Las horas se prueban con testigos y
mensajes, y la diferencia se reclama con intereses.
- No entregar recibo. Sin recibo firmado se presume que el sueldo no se pagó.
- Encuadrarla en una categoría más baja. Genera diferencias salariales de
hasta dos años atrás.
- No dar la baja al terminar. Sigue generando deuda de aportes.
Preguntas frecuentes
¿Qué tengo que hacer para tener una empleada doméstica en blanco?
Sacar clave fiscal, darla de alta en el Registro Simplificado de ARCA con su CUIL, pagar el volante 102/RT todos los meses y entregarle recibo de sueldo por duplicado.
¿Tengo que contratar una ART aparte?
No. La cuota de ART del régimen especial ya viene incluida en el volante de pago de ARCA.
¿Qué pasa si me olvido de pagar un mes?
El alta sigue vigente pero se generan intereses, y la trabajadora puede quedar sin cobertura de obra social ese mes. Conviene regularizarlo enseguida.
¿Puedo descontarle algo si rompe algo de la casa?
Solo con acuerdo expreso y dentro de los límites que fija la ley. Un descuento unilateral por una rotura no es válido.
¿Le tengo que dar de comer?
Sí. El empleador debe proveer alimentación sana y suficiente durante la jornada, además de la ropa y los elementos de trabajo.