Quien paga Impuesto a las Ganancias puede deducir lo que le paga a su
personal de casas particulares. Es una de las deducciones menos usadas, generalmente por
desconocimiento.
Qué se puede deducir
- El sueldo bruto abonado durante el año.
- Las contribuciones patronales pagadas a ARCA (incluida la cuota de ART).
Se deduce el total del año calendario, hasta un tope.
El tope
La deducción tiene como límite anual el importe de la ganancia no imponible
del período fiscal. Ese valor lo actualiza ARCA todos los años, así que conviene verificarlo
en el momento de hacer la declaración.
Requisitos
- Que la relación esté registrada en el Registro Simplificado de Trabajo en
Casas Particulares.
- Que los aportes y contribuciones estén pagados: los volantes 102/RT
abonados son la prueba.
- Que el sueldo esté documentado: recibos firmados y, si el pago fue
bancario, los comprobantes de transferencia.
- Que el empleador sea quien figura como tal en el registro.
Cómo se informa
- Trabajadores en relación de dependencia: se carga en el
SiRADIG — Trabajador, en el sitio de ARCA, en la sección de deducciones
generales, rubro «personal de casas particulares». El empleador lo toma en la liquidación anual.
- Autónomos y monotributistas con Ganancias: se incluye en la declaración
jurada anual del impuesto.
Se puede cargar durante el año a medida que se paga, o todo junto antes del cierre del
SiRADIG. Conviene no dejarlo para el final.
Si son varios empleadores de la misma trabajadora
Cada uno deduce lo que efectivamente pagó, por las horas que registró. No se puede deducir
un sueldo que pagó otra persona.
Lo que no se puede deducir
- Pagos a personal no registrado.
- El aporte que se le retiene a la trabajadora (porque no es un costo del empleador).
- Pagos sin respaldo documental.
La deducción es un beneficio impositivo y su aplicación concreta depende
de la situación fiscal de cada contribuyente. Para un caso puntual conviene consultar con un
contador. Los valores y topes vigentes están en arca.gob.ar.
Preguntas frecuentes
¿Se puede deducir la empleada doméstica de Ganancias?
Sí: el sueldo bruto y las contribuciones patronales pagadas, hasta el tope anual de la ganancia no imponible, siempre que la relación esté registrada.
¿Dónde se carga la deducción?
En el SiRADIG — Trabajador, dentro del sitio de ARCA, en deducciones generales, rubro personal de casas particulares.
¿Se puede deducir si no está registrada?
No. La registración y el pago de los aportes son requisitos de la deducción.