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Cuidadora de personas mayores

Cuánto corresponde cobrar, en qué régimen entra el cuidado domiciliario y dónde está el límite con la enfermería.

Asistencia y cuidadoTurnos de 12 horasLímite con enfermería

El cuidado de personas mayores en su domicilio, cuando no hay indicación terapéutica, entra en el régimen de casas particulares, en la categoría asistencia y cuidado de personas. Es la categoría mejor paga después de tareas específicas y supervisión.

Asistencia y cuidado de personas · con retiro · octubre de 2026 $4.337,53 por hora Mensual con retiro $548.429,23 Fuente: Resolución 6/2026 de la CNTCP (B.O. 3/9/2026) · Actualizado el 14 de octubre de 2026
ModalidadPor hora Mensual
Con retiro$4.337,53$548.429,23
Sin retiro (cama adentro)$4.801,52$605.050,00

En zona desfavorable se suma un 31 %.

Dónde está el límite con la enfermería

Es la distinción que más confusión genera y la que define todo el encuadre:

TareaRégimen
Acompañar, higiene, alimentación, paseos, compañíaCasas particulares
Recordar o alcanzar la medicación ya preparadaCasas particulares
Aplicar inyecciones, curaciones, sondas, control clínicoEnfermería: otro régimen
Cuidado con indicación médica de un profesionalEnfermería: otro régimen

Si la tarea exige título o matrícula, ya no es casas particulares. Pedirle a una cuidadora que haga tareas de enfermería, además, la expone legalmente.

Los turnos de 12 horas

Es un arreglo muy común en el cuidado de personas mayores y hay que mirarlo con cuidado, porque la jornada máxima sigue siendo de 8 horas por día y 48 por semana, con tope de 9 horas diarias.

Con $4.337,53 la hora, un turno de 12 horas en un día común son $60.725,42: 8 horas normales más 4 con recargo del 50 %.

Cuidado nocturno

Si la cuidadora duerme en la casa, es personal sin retiro: le corresponde el valor más alto de la escala, habitación de uso exclusivo, 9 horas de reposo nocturno y 3 horas de descanso durante el día. Si se la despierta por algo que no sea grave o urgente, esas horas se pagan como extras.

Quién es el empleador

Es quien contrata y paga, normalmente la familia de la persona cuidada. Si la contrata una empresa o una agencia que la envía a domicilios, entonces es empleada de esa empresa y el régimen es otro.

Cuando varios hijos se reparten el pago, igual tiene que haber un titular registrado en ARCA: no se puede dividir la registración entre varios.

PAMI y las prestaciones de cuidado

PAMI tiene programas de cuidado domiciliario para sus afiliados, con cuidadoras formadas y asignadas por la obra social. Esa relación no es casas particulares: depende del convenio del programa. Conviene consultarlo en la delegación de PAMI de la zona, al 138, que es gratuito.

Si la familia contrata por su cuenta, aunque la persona cuidada tenga PAMI, el régimen es el de casas particulares y la relación se registra en ARCA.

Formación

Existe el Registro Nacional de Cuidadores Domiciliarios, que acredita haber hecho un curso reconocido. No es obligatorio para trabajar, pero mejora la posición al negociar y es requisito para muchos programas.

Los importes de esta página salen de la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Boletín Oficial del 3 de septiembre de 2026). Última verificación contra la fuente oficial: 14 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra una cuidadora de personas mayores?
El mínimo de la categoría asistencia y cuidado de personas: $4.337,53 por hora con retiro y $4.801,52 sin retiro, en octubre de 2026.
¿Un turno de 12 horas es legal?
La jornada máxima es de 8 horas diarias, con tope de 9. Un turno de 12 horas genera horas extras con 50 % de recargo, y 100 % los sábados después de las 13, domingos y feriados.
¿Cuándo el cuidado no entra en casas particulares?
Cuando hay indicación terapéutica y la tarea exige título o matrícula: inyecciones, curaciones, sondas o control clínico. Eso es enfermería y se rige por otro régimen.
¿Si la persona tiene PAMI cambia algo?
Si PAMI asigna la cuidadora por su programa de cuidado domiciliario, la relación depende de ese convenio. Si la contrata la familia por su cuenta, es casas particulares y se registra en ARCA.
¿Hace falta un curso para trabajar como cuidadora?
No es obligatorio, pero el Registro Nacional de Cuidadores Domiciliarios acredita la formación y es requisito de varios programas.

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